Cuando una persona decide iniciar una convivencia debe asegurarse de que su pareja sea soltera, porque si es casada la unión de hecho no podrá ser registrada o reconocida legalmente.

La abogada de familia Margot Chávez, precisó que para poder inscribir en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) una relación de convivencia el requisito exige que la pareja haya convivido como mínimo dos años seguidos.

“Después de dos años para efectos jurídicos existen dos opciones se puede registrar la convivencia a través de un procedimiento notarial o a nivel judicial”, explicó la especialista en la secuencia Familia y Justicia.

La abogada Chávez, indicó que para la inscripción notarial tienen que estar ambos convivientes de acuerdo en cambio en el ámbito judicial es cuando uno de los integrantes de la pareja se opone a registrar la unión de hecho. Agregó que en esta relación se generan derechos en la medida que se tenga una unión de hecho legalmente reconocida porque cuando no lo está no hay derechos de por medio.

“Ambas partes pueden ir a la notaría e inscribir su unión de hecho o en la vía judicial también, pero hay un tiempo más extenso para la inscripción.

La abogada Margot Chávez señaló que muchas parejas optan por no inscribir su unión de hecho ante un notario porque puede costar entre 1.500 y 2,000 soles, pero es importante hacerlo por un tema netamente patrimonial si durante la relación se adquieren bienes.

 

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