ATENCIÓN. Proyectos de Ley presentados van contra la reforma de Pensiones. Condición para que el Estado garantice este beneficio a los trabajadores es que no haya más retiros de ahorros para la jubilación.

Los tres proyectos de ley que buscan aprobar otro retiro de fondos privados de pensiones hacen que los afiliados a las AFP corran el riesgo de perder su derecho a una pensión mínima o proporcional garantizada por el Estado, tal como lo establece la reforma del sistema previsional promulgada el 24 de setiembre del año pasado y que está pendiente de ser reglamentada por el Poder Ejecutivo.

La Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano N°32123, en sus artículos 5 sobre la estructura del sistema previsional y el 15 sobre retiro de fondos, prohíbe de forma explícita que se realicen nuevos retiros y pone esta limitación como condición para acceder a la pensión mínima garantizada por el Estado. 

“El financiamiento complementario de este pilar semi contributivo es público. Acceden las personas afiliadas al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que a la edad de jubilación cumplen con las unidades de aporte requeridos para una pensión y los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que a la edad de jubilación cumplen con algunos requisitos. El Estado complementa los recursos necesarios para el pago de una pensión mínima o una pensión de jubilación proporcional especial”, se lee en el articulo 5.

Y en el Artículo 15 se estipula con claridad que queda prohibido el retiro total o parcial de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios por parte de los afiliados del SPP.

El Perú es el único país del mundo en el que se han aprobado, hasta el momento, siete retiros de fondos privados de pensiones por un monto superior a los S/115 mil millones, lo que ha dejado a siete millones de peruanos con cero soles para su pensión de jubilación, de acuerdo a cifras de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Más leídas