Ahora, la iniciativa deberá ser discutida en el Pleno del Congreso. ¿Qué es la CTS, cuándo se paga, cómo calcularla y cuándo se liberará? Todos los detalles aquí.
Minutos después de las 11 de la mañana, la Comisión de Economía del Congreso aprobó liberar el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Con 21 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, los integrantes del grupo de trabajo decidieron dar luz verde al proyecto para que los trabajadores puedan disponer del dinero de la CTS. Ahora, el proyecto de ley deberá ser debatido en el Pleno del Congreso.
El presidente de este grupo de trabajo, César Revilla, expresó que en caso de aprobarse, sería debatido en el Pleno del Parlamento la primera quincena de mayo.
“Habría que esperar dos semanas. Se firma, se publica y tiene que estar dos semanas publicado más o menos. Entonces viene la semana de representación, a la siguiente se podría estar teniendo una votación. De ser aprobado el miércoles (el proyecto de ley) podría votarse en quincena de mayo o si no es cuestión de una semana. Hay procedimientos parlamentarios que se tienen que cumplir”, sostuvo.
¿A quiénes le corresponde este beneficio?
El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios le corresponde única y exclusivamente a los trabajadores que estén en planilla. Los trabajadores de que prestan servicios de manera informal no gozan de este beneficio.
¿Cuándo se paga la CTS?
Las compañías están obligadas a hacer dos depósitos al año a sus trabajadores en planilla. El primer pago se realiza hasta el 15 de mayo, mientras que el segundo pago debe realizarse, como máximo, el 15 de noviembre.
¿Cuánto se podrá retirar de la CTS el 2024?
De aprobarse la iniciativa en el Congreso, los trabajadores podrán disponer libremente del 100% de los depósitos de CTS. Es decir, se podrá retirar el total del monto acumulado hasta la fecha de publicación de la norma.
Sin embargo, si no ha laborado el semestre completo, por cada mes trabajado percibirá un sexto del sueldo más la misma fracción de la gratificación.
En el caso de la pequeña empresa, cuyos ingresos anuales no fueron superiores a 1,700 UIT. Si no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a CTS conforme a la regla general, que rige para la mediana y gran empresa.