La nueva normativa establece que los extranjeros que quieran obtener la ciudadanía peruana, bajo la modalidad de naturalización y opción, deberán acreditar ingresos anuales a S/ 53 500 y sustentar entre cuatro a cinco años de residencia continua.

El Gobierno de Dina Boluarte promulgó recientemente la Ley 32421, una normativa aprobada por el Congreso que fija un nuevo marco legal para la obtención, recuperación y renuncia de la nacionalidad peruana.  

La denominada nueva Ley de Nacionalidad, publicada en el diario oficial El Peruano el 14 de agosto pasado, endurece los requisitos para aquellos que estén interesados en ser ciudadanos peruanos, estableciendo como principios la seguridad jurídica, protección de intereses nacionales, respeto al debido procedimiento y salvaguarda de la seguridad nacional.  

La normativa precisa que los extranjeros solo podrán adquirir la nacionalidad peruana por voluntad bajo las siguientes modalidades: naturalización, opción, doble nacionalidad, distinción meritoria y deportista calificado.  

“Todas las personas extranjeras que obtengan la nacionalidad por voluntad tienen los mismos derechos y obligaciones que los peruanos nacidos en el territorio nacional, salvo las limitaciones establecidas en la Constitución y en la ley”, se lee en la normativa.

En el caso de la naturalización, se solicita un periodo mínimo de residencia continua de cinco años antes de la solicitud, mientras que, para los postulantes a la nacionalidad por opción, se piden cuatro años; y para los deportistas calificados y distinción meritoria, se exige un tiempo de residencia de dos años.

Los extranjeros deberán acreditar residencia migratoria mínima y vigente, fuente de ingresos lícitos, plena capacidad jurídica, conocimiento del idioma castellano u otros idiomas reconocidos en la Constitución, así como aprobar evaluaciones sobre geografía, historia, arte, cultura, actualidad nacional y la Carta Magna; y no tener antecedentes policiales, penales ni judiciales vigente en el país.

En cuanto a la modalidad de naturalización y doble nacionalidad, los solicitantes deberán acreditar ingresos anuales de diez unidades impositivas tributarias (10 UIT), equivalentes a S/ 53 500, provenientes de actividades lícitas propias.

Cabe precisar que la nacionalidad adquirida por el padre o la madre nacionalizados no se transmite.

Los hijos nacidos en el extranjero con anterioridad al otorgamiento de la nacionalidad peruana al padre o a la madre podrán solicitar la obtención de la nacionalidad conforme a las modalidades descritas en la norma.

El plazo de tramitación de los procedimientos de obtención de la nacionalidad peruana por voluntad, renuncia y recuperación de la nacionalidad peruana por nacimiento tendrán una duración máxima de 18 meses. Excepcionalmente, se puede ampliar el plazo por seis meses adicionales a través de una resolución motivada del órgano encargado de la calificación del procedimiento.

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