El abogado penalista señala que no se conseguiría ningún beneficio intentando precisar en el Código Penal algo que ya está.
Diez proyectos de ley casi idénticos conforman un dictamen que propone cambiar el Código Penal para intentar luchar contra la extorsión en la modalidad del ‘gota a gota’. Lo curioso: entidades públicas consideraron las iniciativas inviables, pero la Comisión de Justicia no hizo caso y lo aprobó por mayoría.
En ese sentido, conversamos sobre esta problemática con el abogado penalista José Arrieta.
¿De qué manera beneficiaría la modificación propuesta en este dictamen aprobado por la Comisión de Justicia del Congreso?
Yo no creo que vayamos a conseguir ningún beneficio intentando precisar en el Código Penal algo que ya está. El ‘gota a gota’, por más de que no esté mencionado expresamente, está totalmente subsumido en la conducta de extorsión. Y no solamente ya está, sino que además está con una pena que incluso es mayor a la que se plantea incluir en algunos de los proyectos de ley que están agrupados y se han analizado en este dictamen. Solamente sirve para que los congresistas hagan creer a la gente que están haciendo algo para reducir el crimen, cuando en realidad no están haciendo nada que sea útil.
¿Cuál debería ser la solución a la problemática entonces?
La ayuda no viene por el lado de cambiar el Código Penal, porque las penas (existentes) son bien altas. Lo que habría que hacer ahí es trabajar en intentar incorporar dentro del concepto de sujetos crediticios a estas personas que están actualmente afuera del mercado financiero, no acceden a créditos y como no son consideradas sujetos de crédito, tienen que recurrir desgraciadamente a préstamos en el sistema informal, algunos de los cuales corresponden a estas organizaciones criminales. Es lo que un legislador diligente y bien informado debería preocuparse por ayudar a solucionar, sería muchísimo más útil que intentar meter en el Código Penal cosas que ya están.
¿El dictamen obstaculiza la aplicación de la norma?
Más que obstaculizar, yo creo que lo que podría terminar generando es una situación de duplicidad o superposición de normas para regular un supuesto que efectivamente ya lo está. El operador judicial va a aplicar alguna de las dos, pero sí podría generar algún tipo de inconveniente o impasse en el sentido de que haya cierta duda sobre si aplicas una u otra. La norma actual es más represiva que la propuesta que se menciona en el dictamen porque sanciona con una pena más elevada.
Otro efecto perverso que tienen estos dictámenes es que distraen la atención de la opinión pública hacia cuestiones que no son sustanciales para realmente combatir lo que se quiere combatir. Porque no es difícil encontrar a las personas que están vinculadas a estas otras forma de delinquir. Tú caminas por la calle y hay letreros, o stickers pegados en el piso que dicen préstamos sin DNI. Tú llamas y automáticamente ya tienes contacto con alguien que probablemente esté vinculado a estos grupos delictivos.