Josefina Miró Quesada Gayoso, abogada de María Benito, indicó en un comunicado que el procedimiento se realizó el último viernes, en cumplimiento de la sentencia de la Corte Superior de Lima, que ordenó "respetar" su decisión de "rechazar" tratamientos médicos.
María Benito, una paciente de 66 años que sufría de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), falleció el último viernes, tras el retiro voluntario "de medidas de soporte vital" que la mantenían con vida, según informó su abogada Josefina Miró Quesada Gayoso, a través de un comunicado.
En ese sentido, según se indicó, ella murió "previa sedación paliativa", rodeada "del amor de su familia, y partió durmiendo, conforme a su voluntad".
En cumplimiento de sentencia de la Corte Superior
En el comunicado, se precisó que dicho procedimiento médico fue "en cumplimiento de la sentencia firme emitida por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima, que en febrero del 2024 ordenó a EsSalud a respetar y garantizar la decisión libre e informada de María de rechazar los tratamientos médicos que prolongaban artificialmente su vida y la hacían sufrir en demasía".
"El pedido de María siempre estuvo amparado en la Ley General de Salud, su reglamento y el Código de Ética Médica. La sentencia a su favor ratificó que rechazar un tratamiento médico -incluido si es de soporte vital- es parte de un derecho fundamental. María tuvo que afrontar un proceso judicial innecesario frente a la negativa infundada de EsSalud de respetar su decisión. Tras cinco meses de litigio, este proceso finalmente le dio la razón", refiere el pronunciamiento.
Según indicó Miró Quesada, "el derecho a rechazar tratamientos médicos es una forma de adecuación del esfuerzo terapéutico; una práctica médica que se aplica cuando un tratamiento ya no es beneficioso para una persona y, por el contrario, le genera sufrimiento".
"Permite a una persona no iniciar o suspender un tratamiento para que su enfermedad siga su curso, incluso si ello desemboca en una muerte natural", agregó. En ese sentido, la jurista precisó que se trata de un procedimiento distinto a la eutanasia.
"Esta es una opción distinta a la eutanasia -aplicación de una sustancia letal que causa la muerte a solicitud del paciente-, pero también una forma de ejercer el derecho a una muerte digna, y es legal en el Perú".