No va más. Dictamen donde se elimina la alternancia en las planchas presidenciales y la paridad horizontal para las Elecciones Regionales y Municipales fue aprobado por el Pleno del Congreso. 

¿Qué significa esto? Que queda a criterio de las organizaciones políticas la ubicación de sus candidatas en las listas. Expertas califican la medida de retroceso en los derechos de las mujeres.

El Pleno del Congreso aprobó diversos proyectos de ley reunidos en un dictamen que modifica tanto a la Ley Orgánica de Elecciones como a la Ley de Organizaciones Políticas. Quedando establecido que la convocatoria a las Elecciones Generales de 2026 será con un año antes de anticipación y ya no 270 días como establece la ley vigente, entre otras modificaciones. 

El objetivo de los cambios es optimizar el desarrollo de los dos procesos electorales programados para el 2026: las Elecciones Generales, donde se elegirá al presidente o presidenta de la República y congresistas; y las Elecciones Regionales y Municipales, donde se escogerán a los nuevos gobernadores y alcaldes a nivel nacional.

Paridad y alternancia relegadas
Otro de los cambios tiene que ver con la eliminación de la paridad horizontal para las elecciones regionales. Según el dictamen aprobado, los partidos nacionales y movimientos regionales ya no estarán obligados a que la mitad de todos sus candidatos a gobernadores regionales sean mujeres. 

El texto de la norma eliminada señalaba: "La fórmula de candidatos a los cargos de gobernador y vicegobernador regional debe respetar el criterio de paridad y alternancia, y del total de circunscripciones a las que representen, la mitad debe estar encabezada por una mujer o un hombre". 

Con la modificación del Parlamento, el texto ahora quedó así: "La fórmula de candidatos a los cargos de gobernador y vicegobernador regional debe respetar el criterio de paridad". Es decir, podrán incorporar a las mujeres solo como vicegobernadoras.

Este no fue el único cambio respecto a la participación de mujeres en política. La alternancia para las planchas presidenciales también quedó eliminada. Esta obligación exigía que los candidatos y candidatas a la presidencia y vicepresidencia se ubiquen de forma intercalada en las listas de postulación. Es decir, una mujer seguida de un hombre o viceversa.

Ahora la norma solo indica lo siguiente: “Los candidatos a la presidencia o vicepresidencias, sean de un partido o alianza, solicitan su inscripción en una sola y misma fórmula, la cual debe incluir, por lo menos, a una mujer o a un hombre en su conformación”.

 

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