La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) oficializó la disolución de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A.

A partir de la resolución de la Caja Sullana, se prohíbe iniciar contra ella procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.

Mediante la RESOLUCIÓN SBS Nº 02497-2024, la SBS resolvió "declarar la disolución de la Caja municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. en intervención, sometida a Régimen Especial Transitorio, iniciándose el respectivo proceso de liquidación por las causales y fundamentos detallados en la parte considerativa de la presente resolución".

Asimismo, declaró una serie de prohibiciones a partir de la resolución de la Caja Sullana, entre las que se incluyen:

Iniciar contra la Caja municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A., procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra ella.
Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la precitada empresa, en garantía de las obligaciones que le conciernen.
Hacer pagos, adelantos o compensaciones o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan a la indicada empresa y se encuentren en poder de terceros.

Caja Sullana fue intervenida por “acelerado deterioro de su insolvencia”
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú (SBS) intervino el último jueves 11 de julio a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Sullana S.A., debido a que consideró que la entidad financiera presentaba un acelerado deterioro de su solvencia.

 

 

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