Documento de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, se encuentra disponible en la página web del MVCS por un plazo de 10 días hábiles, a fin de recibir aportes, sugerencias, comentarios y recomendaciones del público en general.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) publicó el proyecto del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento. 

A través de la Resolución Ministerial Nº 184-2024-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano, se indica que este proyecto estará disponible por 10 días hábiles, hasta el 6 de junio para recibir sugerencias, comentarios y recomendaciones de todo el público interesado.

El Reglamento del DL Nº 1280 plantea reformas estructurales que permitirán el fortalecimiento de los Prestadores Públicos de Servicios de Agua Potable y Saneamiento, tanto del ámbito urbano, como del rural, haciéndolos más eficientes, y contribuirá en el cierre de brechas de acceso a servicios básicos de agua potable y saneamiento; asimismo, ratifica de manera expresa que no se privatizará ni concesionará las fuentes de agua, ni Sedapal, ni ninguna Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento (EPS) a nivel nacional.

Para ello, a través de sus 261 artículos, se busca lograr la integración de prestadores, mediante incentivos que permitan mayor eficiencia en la prestación de los servicios que se brindan a los usuarios. Asimismo, se fomentará las inversiones –priorizando las de infraestructura natural- que permitan la conservación, restauración y protección de las fuentes de agua, y así contribuir en la provisión del recurso hídrico, señalando textualmente que no existe propiedad privada sobre el agua, el cual es un bien público inalienable.

También en el reglamento se consideran subsidios cruzados e inteligentes, que permitan tener una tarifa más justa, y que las familias con menos recursos puedan acceder a agua de calidad.

Dato
Las personas que deseen descargar el proyecto de Reglamento del DL 1280, su exposición de motivos, y dejar sus comentarios, sugerencias y recomendaciones, pueden hacerlo a través del siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/vivienda/normas-legales/5601273-184-2024-vivienda

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