La Ley 32413 reconoce el uso de billeteras digitales como medio válido para abonar sueldos, gratificaciones, CTS y otros pagos laborales, previo acuerdo entre empleador y trabajador.

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº32413, que permite a empleadores del sector público y privado pagar sueldos y beneficios laborales a través de billeteras digitales como Yape, Plin y similares. La norma busca promover la inclusión financiera y se aplicará siempre que el trabajador lo acepte expresamente.

Ley de pago de haberes por billetera digital: ¿Qué establece?
Según el texto publicado en El Peruano, la ley tiene como objetivo “ampliar el alcance del uso de herramientas financieras inclusivas”, reconociendo las billeteras digitales como medios válidos para el pago de:

1.- Sueldos mensuales
2.- Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
3.- Gratificaciones
4.- Bonificaciones y otros conceptos laborales

El uso de estas herramientas debe realizarse por acuerdo entre el trabajador y el empleador, ya sea al firmar el contrato laboral o en un momento posterior, siempre que el trabajador considere que este método le resulta más conveniente.

Seguridad, derechos y regulación
1.- La ley establece que el uso de billeteras digitales no reemplaza derechos ni obligaciones establecidos para las cuentas bancarias tradicionales.

2.- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) será la encargada de fijar los límites operativos de las billeteras que operen con dinero electrónico para fines laborales.

3.- El reglamento de la ley deberá ser aprobado por el MEF en un plazo máximo de 90 días calendario.

 

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