Iniciativa legislativa presentada en enero por la ONPE será enviada a la Comisión de Constitución del Congreso para su debate y aprobación.
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el proyecto de ley que permite restituir el recuento de votos en un proceso electoral, modificando así la ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones.
Esta iniciativa, que fue originalmente propuesta por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) que tiene por finalidad “garantizar la integridad del voto" y establece que ante la existencia de un error material en las actas de sufragio se pueda recurrir a las cédulas de votación que se encuentran bajo custodia de la ONPE para su recuento por única vez. El proyecto establece que una vez producido ese recuento “la decisión es inimpugnable”.
“El recuento del escrutinio se realiza de manera ininterrumpida y por una sola vez. Para este acto, el equipo de recuento procede a la apertura del sobre lacrado con las cédulas de la mesa de sufragio cuya acta contiene el error material, sea por carecer de datos, de firmas y datos de los miembros de mesa, esté incompleta o presente caracteres, signos o grafías ilegibles, o error aritmético, debiendo seguir el procedimiento de escrutinio detallado en la presente ley para el día de la elección, bajo medidas de transparencia y seguridad”, señala el proyecto de ley.
En enero, Piero Corvetto, jefe de la ONPE, explicó que “cuando el sistema diga que una determinada acta no se va a poder sumar por error, el centro de cómputo comunicará al jefe de la oficina descentralizada y este le dará el material a mesas escrutadoras [que tendrán la labor específica de realizar el recuento]. Estas mesas contarán con la fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones, la presencia de observadores, la citación de cada uno de los personeros de los partidos políticos y va haber streaming [transmisión vía internet]. Así, cualquier ciudadano podrá estar en línea verificando que se haga el recuento de manera adecuada”.
En este proyecto de ley también se propone modificar el plazo con el que cuenta la ONPE para custodiar las cédulas de votación no impugnadas una vez concluido el proceso electoral. En lugar de noventa días, como establece la ley vigente, propone que la custodia sea solo hasta un día después de haberse proclamado los resultados electorales por parte del JNE, esto con la finalidad de “una mejor gestión de recursos y reducción del margen para cuestionamientos de los resultados proclamados”, señala el documento.