El Ejecutivo promulgó el decreto supremo para reforzar la seguridad y optimizar las acciones de control durante el estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días. La norma introduce cambios en la coordinación de las fuerzas de seguridad, el control penitenciario y la fiscalización de mercados ilegales.
El Ejecutivo modificó diversos artículos del Decreto Supremo que declara el estado de emergencia en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao y dictó medidas complementarias.
Entre otras medidas, se dispone declarar en Sesión Permanente en tanto dure la declaratoria del estado de emergencia al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de Lima Metropolitana y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) de la Provincia Constitucional del Callao, al Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), así como al Comando y los Comités constituidos en el presente Decreto Supremo.
El CONASEC, presidido por la PCM, puede solicitar cooperación técnica internacional, de acuerdo a la ley de la materia, para la evaluación de estrategias y fortalecimiento de capacidades en investigación e inteligencia.
El decreto supremo dispone la conformación del Comando de Coordinación Operativa Unificada, presidido por el Comandante General de la Policía Nacional del Perú e integrado por el Jefe de Estado Mayor Conjunto del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Secretario Técnico del CONASEC, el Director de la Dirección Nacional de Inteligencia, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante de la Fiscalía, un representante de la Presidencia del Poder Judicial, el Alcalde de Lima Metropolitana y el Alcalde Provincial de la Provincia Constitucional del Callao.
El Comando de Coordinación Operativa Unificada lidera las acciones integradas con el objetivo de restablecer y mantener el orden interno, reduciendo significativamente los índices de criminalidad, y garantizando los derechos fundamentales de las personas en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao.
También se conforma el Comité de Inteligencia, el cual es presidido por la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) e integrado por la División de Inteligencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior, la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú, la Subdirección de Inteligencia del INPE, las Direcciones de Inteligencia de las Instituciones Armadas, la Unidad de Inteligencia Financiera y un especialista en análisis prospectivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).
En las disposiciones complementarias finales señala que las medidas en materia de régimen penitenciario establecidas en el anterior Decreto Supremo 124-2025 se aplican a nivel nacional a cargo del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) con el apoyo de la Policía Nacional del Perú.
Durante la declaratoria del estado de emergencia, el INPE, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, intensifican inspecciones y pruebas, respecto al correcto funcionamiento de los equipos bloqueadores o inhibidores de señales radioeléctricas de servicios de telecomunicaciones en los establecimientos penitenciarios.
Los cadetes del último año de las escuelas de Oficiales y los alumnos de último año de las Escuelas de Sub Oficiales de la Policía Nacional del Perú apoyan en las labores administrativas y operativas de las Comisarías, siempre bajo la supervisión de sus superiores.