Adelante Pueblo Unido, Resurgimiento Unido Nacional, Integridad Democrática y Un camino diferente han remitido un oficio al titular del JNE, que anticipó que solo agrupaciones inscritas antes del 26 de marzo participarán en la lid electoral. Con esto, 32 organizaciones políticas que se estaban en proceso de inscripción en el ROP —cinco de las cuales, incluso, tenían sus expedientes en la etapa de publicación de síntesis— quedaron fuera de la contienda.
Esta semana, el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Roberto Burneo, informó que solo 41 partidos políticos inscritos ante el Registro Nacional de Organizaciones Políticas (ROP) del ente electoral hasta el último miércoles 26 que se convocó a elecciones generales participarían en el proceso.
Ante esta situación, los dirigentes de las agrupaciones políticas señaladas, han remitido un oficio al titular del máximo órgano electoral para que disponga que la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas acelere los procesos impugnatorios (tachas y apelaciones), así como los trámites para la obtención de la resolución de inscripción de las diferentes agrupaciones.
De acuerdo al petitorio, "existe una demora injustificada tanto en el conocimiento y resolución de tachas interpuestas por ciudadanos como en la celeridad y la obtención de resolución de inscripción definitiva en el ROP".
En el caso del partido político Adelante Pueblo Unido —que promueve el exprimer ministro de Pedro Castillo, Aníbal Torres— se señala, por ejemplo, que el 13 de marzo pasado se publicó su síntesis en el diario oficial El Peruano siendo el plazo máximo para la presentación de tachas cinco días.
Sin embargo, hasta la fecha la agrupación no ha recibido ninguna notificación del JNE pese a que "es de público conocimiento que existiría una tacha adicional que desconocemos a pesar de haber requerido por escrito y de manera verbal" la notificación.
Cabe señalar, al respecto, que si bien el presidente del JNE ha señalado que el plazo límite para la inscripción de los partidos políticos en el ROP es la fecha de convocatoria a los comicios, trámite que se oficializó el último miércoles 26, el artículo 4 de la Ley de Organizaciones Políticas contradice dicho precepto.
Y es que la referida norma establece que se puede presentar fórmulas y listas de candidatos para los distintos procesos electorales si el partido cuenta con inscripción vigente en el ROP del JNE a la fecha del vencimiento del plazo para la convocatoria del proceso electoral, es decir el 12 de abril.
Estas observaciones formuladas por numerosos expertos en Derecho electoral no han sido respondidas por Burneo hasta el momento.