En algunos casos la devolución se realizará de oficio, es decir, la Sunat lo hará directamente sin ningún trámite previo.
Como cada año, todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar su Declaración Anual del Impuesto a la Renta, pero también existe la posibilidad de que la Sunat te devuelva parte de tus impuestos.
La entidad recaudadora cada año devuelve impuestos a los contribuyentes que pagan rentas de cuarta y quinta categoría que han solicitado -durante el 2023- la famosa boleta electrónica cuando realizan consumos en restaurantes, hoteles, alquiler de inmuebles, bares, servicios médicos, etc.
Este año los gastos deducibles tienen un máximo de 3 UIT, esto quiere decir S/ 15,450, teniendo en cuenta el precio de la Unidad Impositiva Tributaria del 2023.
La Sunat ha informado que devolverá los montos de los contribuyentes sin que estos realicen algún trámite, que se conoce como ‘devolución de oficio’, que se aplica desde el 2017.
Esta devolución ocurre porque la Sunat determina al final del año que tienes un saldo a tu favor, es decir, el impuesto retenido es mayor al que te corresponde pagar. Para el ejercicio 2023, la devolución de este dinero iniciará el 12 de junio 2024.
¿Quiénes deben presentar la declaración de impuestos?
De acuerdo con la normativa, deben presentar la Declaración de Renta 2023 las personas naturales que hayan percibido Rentas de Quinta Categoría (en planilla) que determinen un saldo a favor y deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
Asimismo, están obligadas a presentarla los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categorías, así como aquellos que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías y atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos. Además, quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera también deben realizar la declaración.
Para facilitar el proceso, la entidad proporciona información personalizada referencial, actualizada al 30 de abril de 2024, sobre ingresos, pagos, retenciones y gastos, que los contribuyentes pueden verificar, completar o modificar al presentar la Declaración Anual.