José Cevasco, exoficial Mayor del Congreso, explicó cuáles son los montos que se les paga a los parlamentarios y a qué debe destinarse cada uno. Además, indicó que la Mesa Directiva debe "dar explicaciones" por el aumento de más de 3 mil soles.
La Mesa Directiva del Parlamento dispuso incrementar el monto que perciben los congresistas por función congresal de S/7 617.20 a S/11 mil; es decir, un incremento de más de S/3 mil cada mes, según reveló el dominical Punto Final.
Según el programa periodístico, para dicho incremento se consideró como factor de actualización el índice de precios al consumidor; es decir, el aumento de los precios de productos de pan llevar, y se haría efectivo desde marzo de este año.
Al respecto, conversamos con José Cevasco, exoficial Mayor del Congreso, quien explicó cuáles son las remuneraciones que perciben los congresistas y a quién deben rendirle cuentas por dichos ingresos.
¿Cuáles son las remuneraciones que perciben los legisladores?
Cevasco Piedra explicó que los parlamentarios perciben una remuneración que asciende a más de S/15 mil mensuales, "sin aplicar el impuesto a la renta", y que el monto que perciben por función congresal se refiere a una asignación que reciben exclusivamente para sus actividades de representación.
"Tienen su remuneración: S/15 mil y pico de soles, ingreso bruto sin aplicar el impuesto a la renta o el resto de impuestos que concierne a la remuneración. Luego tienen la función congresal: S/11,000 que es un concepto muy antiguo que se crea para poder darle una asignación adicional por las funciones que ellos realizan, y se les denominó función congresal con el propósito de tener un concepto adicional a la remuneración que ya se tenía", explicó.
Vale resaltar que en la página web del Congreso se precisa que la remuneración mensual de cada legislador es de S/15 600, con dos gratificaciones por el mismo monto depositadas en julio y diciembre de cada año.
Asimismo, José Cevasco indicó que existe el "gasto por semana de representación", el cual asciende a más de S/4 mil, y del que ya no hay necesidad de sustentar por estar sujeto al impuesto a la renta.
"Entonces, estos tres conceptos: remuneración, función congresal y semana de representación no están sujetos al impuesto a la renta. Así se convierten de libre disponibilidad y no están sujetos a ningún tipo de sustentación de gastos", refirió.